Está prohíbido el uso de ahumadores en la actividad apícola, en el monte y la franja de 400 m que lo circunda durante las franjas horarias con mayor peligro de incendios que la resolución declaratoria determine.
Más información, en la sección "Regulación de uso del fuego" del sitio web de la Junta de Castilla y León.
Prohibición Relacionada
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