Actividad organizada de paseo, marcha, senderismo, bicicleta o similares por el monte

Si la actividad congrega a más de 25 personas requerirá comunicación al Servicio Territorial con una antelación mínima de una semana y se deberán respetar las medidas preventivas.

La comunicación se podrá formalizar conforme utilizando el modelo que figura en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León .

Modelo de Comunicación
Más información, en la sección "Regulación de uso del fuego" del sitio web de la Junta de Castilla y León

Prohibición Relacionada
Tema
Orden
1

Medidas preventivas

  1.  Se prohíbe la utilización de vehículos a motor, salvo del que pueda disponer la organización por motivos de seguridad y emergencia.
  2. No se podrá variar el calendario ni el itinerario de la marcha, si por causa de fuerza mayor fuera imprescindible variar el itinerario, se comunicará a la mayor brevedad.
  3. Se utilizarán las carreteras, vías pecuarias, pistas forestales, sendas o caminos por los que tradicionalmente haya estado autorizado su tránsito, sin salirse de ellas.
  4. Queda prohibido arrojar o abandonar basuras de todo tipo fuera de los lugares habituales de recogida de las mismas.
  5. La organización se hace responsable de cualquier incidente que se pudiera producir en el ejercicio de la actividad para la cual sería conveniente que tenga un Seguro de Responsabilidad Civil.
  6. El día de la marcha se comunicará por teléfono el inicio y fin de la misma al CPM
  7. La persona responsable el día de la actividad tendrá que estar en contacto con el Agente Medioambiental de la zona y estar localizable en cualquier momento del desarrollo de la actividad.
Prohibición Item
Orden
1