Más información:

  • Solo se pueden realizar las quemas en la época de peligro bajo de incendio forestal por motivos de seguridad, prevención, control fitosanitario, gestión del combustible vegetal, como medida de protección del monte u otros motivos que se puedan considerar.
  • Hay que solicitarlo utilizando el modelo de “Solicitud de autorización de quema en monte o a menos de 400m de monte” que figura en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León 
  • Solo se podrá realizar la quema si es autorizada, y es obligatorio cumplir los condicionantes y medidas preventivas que se establezcan.
  • El que ejecuta la quema es responsable de la misma y deberá asumir cualquier daño que pueda ocasionar con motivo de su ejecución.
  • Más información, en la sección "Regulación de uso del fuego" del sitio web de la Junta de Castilla y León.”
Prohibición Item
Orden
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