La quema de rastrojos está prohibida.

La quema de basuras está prohibida.

La quema de matorral, pastos, restos agrícolas, forestales o de cualquier otro tipo está prohibida en el monte y franja de 400 m que lo circunda.

La quema de vegetación o restos al aire libre en terrenos urbanos o urbanizables está prohibida dentro de la franja de los 400m alrededor del monte.

Más información, en la sección "Regulación de uso del fuego" del sitio web de la Junta de Castilla y León.

Prohibición Relacionada
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Orden
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