Se prohíbe el uso de asadores o barbacoas en los montes y franja de 400 metros que los circundan.
En terrenos urbanos la regulación de los asadores o barbacoas corresponde al Ayuntamiento. Consultar al Ayuntamiento o las ordenanzas municipales al respecto.
Más información, en la sección "Regulación de uso del fuego" del sitio web de la Junta de Castilla y León.