Está permitido el uso de maquinaria que puede generar deflagración, chispas o descargas eléctricas como las desbrozadoras, tractores de cadenas, etc., en el monte y en la franja de 400 m que lo rodea cumpliendo medidas preventivas establecidas.
Está prohibida la utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos, cuyo funcionamiento pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas como las desbrozadoras, tractores de cadenas, etc s si el Riesgo de aemet es muy alto o extremo salvo que cuente con autorización. ENLACE A RIESGO AEMET
Más información, en la sección "Regulación de uso del fuego" del sitio web de la Junta de Castilla y León.
Medidas preventivas
Está prohibida la utilización de maquinaria y equipos en los montes y en las áreas rurales situadas en una franja de 400 metros alrededor de aquellos, cuyo funcionamiento pueda generar deflagración, chispas o descargas eléctricas como las desbrozadoras, tractores de cadenas, etc s si el Riesgo de aemet es muy alto o extremo. ENLACE A RIESGO AEMET
La maquinaria cuyo funcionamiento genere deflagración, chispas o descargas eléctricas requerirá contar con los medios de extinción suficientes para controlar el posible conato que se pueda originar, para ello se definen como medios de extinción mínimos: dos mochilas extintoras cargadas de agua y dos batefuegos. Además se han de mantener limpios de vegetación los lugares de emplazamiento o manipulación de motosierras, aparatos de soldadura, radiales, grupos electrógenos y motores o equipos eléctricos o de explosión.